domingo, 18 de marzo de 2012

La Deuda de las Forestales con Chile, El Impuesto Territorial.





Por Diego Ancalao Gavilán. 


La actividad forestal en Chile es una de las más importantes para el crecimiento económico, desde 1974 al año ´93, los productos forestales crecieron un 171% y el retorno de las exportaciones reporto US$1.207, la expansión territorial creció un 277% y el año 2000 el retorno de las exportaciones fue alrededor de US$ 3000.

La expansión forestal se sitúa principalmente en la región del Maule, Bio-Bio y Araucanía, esta última puede ser considerada similar al resto del país, porque el desarrollo de esta industria está en proporción con la superficie de plantaciones, de hecho, las plantaciones son muy concentradas en Collipulli. Los registros notariales de transacciones de propiedad muestran que el 50% de superficie comunal seria de empresas forestales. El diagnostico comunal de 1992 arrojo que el 60% de los terrenos silvoagropecuario está cubierto de bosque artificial y la tenencia de más del 50% de los recursos forestales artificiales es propiedad de grandes empresas muchas de ellas transnacionales, como CMPC que instaló la celulosa en Collipulli, lo mismo ocurre con Lumaco, Angol, Renaico, Los Sauces, Galvarino, Carahue, Ercilla, Traiguien, Puren, Tolten, que son las comunas con mayor superficie forestada.

Paradójicamente en 1993 estas comunas eran las más pobres de la región (INE), casi 20 años después la encuesta CASEN las ratifica dentro de las más pobres.

Hay pruebas irrefutables que las comunas con más de un 20% de superficie forestada presentan tasas de disminución de la cesantía similares a las de las comunas con menos de 5% superficie forestada, además, las comunas con más del 20% tienen promedios de pobreza superiores a los del grupo de comunas con superficies forestadas menores al 5% (expansión forestal OIT e INFOR 1996). Es decir, la disminución de la cesantía es nula y la pobreza se mantiene.  

Se presentan alarmantes daños medioambientales en estas comunas como el bajo nivel de las napas freáticas, aceleración del los procesos de desertificación y contaminación de las aguas, hay hechos comprobados en Locura Collipulli e Ipinco en Purén.

Lo que resulta realmente sorprendente es que estas empresas, además, evadan el pago del impuesto Territorial, que sin duda ayudarían a resolver los problemas que han heredado estas comunas, en efecto, La ley de Impuesto Territorial N° 17.235 señala que el 100% de lo recaudado es destinado a los fondos municipales, el 40% constituye ingreso propio del municipio donde se encuentran ubicados los predios del contribuyente y el 60% debe ser destinado al fondo común municipal.

Según el art. 7 de la ley citada, la tasa de impuesto es del 1% al año del avalúo de las propiedades y las plantaciones bonificadas quedan exentas del impuesto territorial sólo por la primera rotación, esta cesara 2 años después, art. 13 DL N° 701 de 1974.

El Pinus Radiata se cosecha alrededor de los 20 años y el Eucaliptus Globulus a los 12, se debió pagar el Impuesto hace 15 años y 23 respectivamente. Ejemplo; tomando como promedio $200.000/ha. de avalúo fiscal, el impuesto territorial seria de $2.000/ha. Si hubieran alrededor de $1 millón  de ha. de plantaciones exóticas entre declaradas y no declaradas (catastro INFOR, superficie por tipo de suelo) la deuda sería de $2 Mil millones en un año, por 19 años promedio, habrían $38 mil millones impagos, es decir, se podrían resolver los problemas de salud y educación para los más pobres de la región, pues, el déficit en salud se soluciona con $3.100 per capita según la Asociación de municipios (radio Bio Bio 21 oct. 2010), esto es alrededor de $3 mil millones aprox. y el presupuesto 2011 de becas Indígenas es alrededor de $4.096 millones que benefician a 16.000 personas, en consecuencia, si algunos alcaldes despertaran interés intelectual y cobraran el impuesto que se les debe, resolverían el drama de la cesantía entre otros…

Una intervención de un senador en la cámara alta (Agosto de 2010) dice “el impuesto territorial no ha sido pagado jamás por las empresas forestales”, además pide, se consulte a CORMA cuando pagaran este tributo y que se pregunte al SII, municipios y CONAF que han hecho para intentar cobrar este impuesto.

CONAF, reconoce que no ha cobrado este impuesto por no contar con los recursos humanos, materiales y financieros para verificar en terreno. El informe publicado por el Director de CONAF Región del BIO – BIO año 2005 en un párrafos dice “…. durante el periodo               1974/1992         1974/1992 se calificaron un total de 1.58 millones de ha….. Luego agrega: “…parte importante de los terrenos calificados en este periodo, no deberían gozar de esta exención tributaria”. Legalmente CONAF es el encargado de informar al SII (art. 8 reglamentos contabilidad forestal y ley 19.561) respecto de las plantaciones que son objeto de franquicia tributaria.

Las normas que obligan en este caso, no son respetadas por las instituciones del estado, tampoco por las empresas, por distintas escusas, lo concreto es que las empresas forestales en su mayoría deben este impuesto, por ende, debe aplicarse la ley a los grandes con el mismo rigor que a los pequeños, en efecto, un argumento del municipio de Temuco para sacar los vendedores ambulantes de las calles es que ellos no pagan impuesto, es decir, el que no paga el tributo no trabaja y se va, sería interesante que este principio de equidad y justicia lo apliquen ahora a las empresas forestales que le deben impuestos. Sin duda dar a cada cual lo que se merece es un principio de justicia y una virtud de un líder moral y político.     

Según un abogado del SII de la Araucanía, la responsabilidad del pago del impuesto le corresponde al contribuyente, en este caso el contribuyente tendrá que dar cuenta de su actuación, más grave aún, tendrán que dar cuenta los hombres de bien, municipio, poder legislativo y ejecutivo, pues, la cobardía donde quiera que exista engendra injusticias y violencia. 
 
A.M

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